IPJ Ciclo de vida de un emisor de IPJ

Proceso de Acreditación



El proceso de acreditación establecido por la Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF), que deben superar satisfactoriamente las organizaciones que quieran convertirse emisores de LEI, se divide en dos fases.

Las organizaciones autorizadas a emitir LEI a entidades legales que participan en operaciones financieras se denominan Unidades Operativas Locales (UOL).

En la primera fase del proceso de acreditación, la organización que quiere convertirse en emisor de LEI, es decir, el emisor de LEI solicitante, tiene que crear un plan de acreditación. En este, deberán indicarse las metas, los objetivos y las capacidades de emisor de LEI solicitante y la forma en la que se adaptan al entorno operativo y de control de la GLEIF. Después de que la GLEIF lo revise y lo apruebe, el emisor de LEI solicitante deberá firmar el Convenio Marco. Este lo designa como UOL Candidata y comienza la segunda fase.

En la segunda fase la UOL Candidata debe presentar toda la documentación para la acreditación, tal y como se indica en el Listado de comprobación de la Acreditación, para que la GLEIF la revise durante los seis meses posteriores a la firma del Convenio Marco. Después, la GLEIF dispone de un periodo de revisión que no podrá ser superior a noventa días hábiles para determinar si la UOL Candidata:

  1. Aprueba, recibe su Certificado de acreditación y se le permite empezar a ofrecer servicios de LEI, o
  2. Suspende, termina su Convenio Marco y no se le permite ofrecer servicios de LEI, o
  3. Aprueba provisionalmente. En este caso, la GLEIF ofrecerá una explicación de qué autoridad tiene ahora la UOL Candidata con respecto a la oferta de servicios de LEI y qué debe hacer para recibir el Certificado de Acreditación íntegro.

Los requisitos que se deben cumplir durante el proceso de acreditación se describen con más detalle en el Manual de Acreditación.

En el gráfico a continuación se muestran los seis pasos del proceso de acreditación. En el texto situado por debajo del gráfico, se puede acceder a un resumen de las medidas relativas a cada paso.

Paso 1: Comenzar la acreditación
Su organización está estudiando presentar una solicitud para convertirse en un emisor de LEI acreditado por la Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF), es decir, una Unidad Operativa Local (UOL). El primer paso consiste en comprender la función de la GLEIF en el Sistema Global del LEI y las funciones de una UOL.
Paso 2: Desarrollar un plan de acreditación
Todas las organizaciones comienzan el proceso en calidad de «Solicitantes» y preparan un plan de acreditación para que la GLEIF lo revise. El plan de acreditación describe la forma en la que su organización se ve a sí misma integrada en el Sistema Global del LEI y qué tipo de servicios está considerando prestar. Presentará su plan de acreditación cuando crea que está terminado y cumple todos los requisitos que se describen en el Listado de comprobación del Plan de Acreditación.
Paso 3: Aceptar el plan de acreditación
Su organización, en colaboración con la GLEIF, revisará sus metas, objetivos y plan de negocio para asegurase de que están en consonancia con las operaciones de la GLEIF y el Sistema Global del LEI. El plan de acreditación es la hoja de ruta de alto nivel que comunica a la GLEIF la forma en que su organización participará y se beneficiará del Sistema Global del LEI.
Paso 4: Firmar el Convenio Marco
Una vez aprobado el plan de acreditación, el Solicitante y la GLEIF suscribirán el Convenio Marco, un contrato formal y vinculante en el que se definen las obligaciones de ambas partes: la GLEIF, en su función de apoyo y supervisión, y su organización en relación con la prestación de servicios de LEI como una UOL.
Paso 5: Implementar los requisitos de la acreditación
Su organización, que a partir de ahora pasará a denominarse «Candidata», preparará el Listado de comprobación de la Acreditación. El Listado de comprobación de la Acreditación se encuentra disponible en nuestro sitio web; asegúrese de utilizar en su envío la versión más actualizada de dicho Listado.

El Listado de comprobación es un cuestionario detallado, que se centra en sus controles internos y en el conocimiento de los requisitos operativos prácticos de una UOL. Es posible que esta sea la parte que más tiempo requiere del proceso de acreditación, ya que con frecuencia sus respuestas exigen documentación de apoyo adicional para explicar completamente sus respuestas. Tiene hasta seis meses naturales desde la firma del Convenio Marco para enviar un conjunto de documentación completo.
Paso 6: Evaluar la documentación de la acreditación
Siguiendo el calendario acordado, la GLEIF revisará la documentación de la acreditación presentada y evaluará el nivel de cumplimiento normativo de los estándares previstos. En algunos casos, es posible que se pida información adicional. La GLEIF precisará de hasta noventa días hábiles para llevar a cabo su revisión, en función de las demandas de sus recursos.

Recibirá una respuesta a su solicitud y puede que, cuando resulte necesario, se le solicite información adicional. Se le notificará de la decisión final del Consejo de Administración de la GLEIF. Si la realización es correcta recibirá la acreditación de la GLEIF y una autorización para empezar a emitir LEI a las entidades legales en sus jurisdicciones autorizadas.

La acreditación de la GLEIF confirma que la UOL cumple o supera las normas de calidad y rendimiento de la GLEIF, con base en los materiales presentados y las pruebas realizadas; el Convenio Marco exige a la UOL que mantenga dichas normas de calidad todos los años de actividad durante un periodo inicial de tres años.