Datos del IPJ Acceso y Uso de los Datos del IPJ

Política del CSR sobre datos de Nivel 1



El 28 de marzo de 2018, el Comité de Supervisión Regulatoria (CSR) publicó una política relacionada con los Eventos de Personas Jurídicas titulada «Eventos de personas jurídicas (antes denominado "Acciones corporativas") e Historial de datos en el Sistema Global del IPJ», que describe los eventos que modifican la entidad, los datos de relación de una persona jurídica o los que dan lugar a la retirada o creación de IPJ. En esta página, se puede descargar información detallada sobre esta política.

En diciembre de 2020, el CSR publicó una política titulada «Documento de orientación sobre la elegibilidad del IPJ para entidades gubernamentales generales», que describe cómo se clasifican determinadas personas jurídicas como entidades gubernamentales u organizaciones internacionales. En esta página, se puede descargar información detallada sobre esta política.


Eventos de personas jurídicas {antes denominado "Acciones corporativas"} e Historial de datos en el Sistema Global del IPJ

Las principales características del documento del CSR se resumen del siguiente modo en el informe:

  • Un cambio en la terminología para referirse a los eventos que captar en los datos de referencia y relaciones en el GLEIS como «eventos de personas jurídicas» en lugar de acciones corporativas.
  • Un enfoque incremental para la implementación de la captación de eventos de personas jurídicas que daría prioridad a aquellos eventos que ocurren con relativa frecuencia y que afectan directamente a los datos de referencia de Nivel 1 y Nivel 2 (por ejemplo, cambios de nombre, fusiones y adquisiciones) y que daría una menor prioridad de implementación a aquellos eventos que ocurren con relativa poca frecuencia (por ejemplo, adquisición inversa). Este enfoque iterativo y por fases es más deseable, ya que hay demasiados escenarios teóricos y consecuencias imprevistas para preverlos completamente antes de su aplicación.
  • Los datos comerciales o regulatorios deben incorporarse al GLEIS para notificar a las UOL los posibles cambios en las entidades que mantienen como resultado de los eventos de personas jurídicas y para obtener actualizaciones de los registros del IPJ por parte de las entidades afectadas (a través del proceso normal de autorregistro). En el caso de entidades inactivas, también se podrían utilizar los datos para actualizar los registros sin el consentimiento de la entidad, en consonancia con las políticas existentes del CSR y los estándares técnicos de la GLEIF.
  • Las fechas de entrada en vigor deberían incorporarse al GLEIS. Las fechas de entrada en vigor reflejan el momento en que los eventos de personas jurídicas se hacen legalmente efectivos, además del requisito actual de registrar el momento en que se introducen en el GLEIS.
  • Los usuarios deben poder acceder y utilizar fácilmente el historial de datos de una entidad a través de varios canales (por ejemplo, si utilizan una interfaz de usuario, una interfaz de programación de aplicaciones o archivos descargables).
  • Las adquisiciones complejas reflejarán con la mayor precisión posible la cadena de eventos legales tal y como se refleja en los registros oficiales de las jurisdicciones pertinentes, en línea con los principios existentes del GLEIS de corroborar los registros del GLEIS con las fuentes oficiales.
  • Las relaciones de escisión se registrarán en el GLEIS de forma totalmente opcional, con una posible notificación obligatoria en una fecha futura que determinará el CSR.
  • La definición de entidades inactivas debería aclararse para captar adecuadamente las entidades que siguen existiendo legalmente pero que no tienen operaciones.
  • Para la validación de los datos, se pueden utilizar varias fuentes públicas y no públicas, como los estados financieros, otros documentos de apoyo para la elaboración de los estados financieros consolidados, los documentos regulatorios y otras fuentes como proveedores de datos de terceros.

Elegibilidad del IPJ para entidades gubernamentales generales

La principal característica del documento del CSR se resume del siguiente modo en el informe:

  • El CSR propone identificar específicamente a las entidades gubernamentales en el GLEIS. Esto se hace creando dos nuevos tipos de «categoría de entidad» además de los tipos de categoría de entidad existentes, que actualmente son «FONDO», «SUCURSAL», «PROPIETARIO ÚNICO».
  • Los nuevos tipos de categoría de entidad son «ENTIDAD GUBERNAMENTAL RESIDENTE» y «ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL».

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