Agentes de Registro
Las nuevas normas de la UE (MiFID II/MiFIR) entraron en vigor el 3 de enero de 2018. Según el reglamento MiFIR, las empresas de inversión deben obtener los IPJ de sus clientes antes de prestar sus servicios, lo que daría lugar a obligaciones de comunicación. Ayude a sus clientes a acceder a la red de emisores de IPJ e impulsar su eficiencia en la gestión de datos.
Conviértase en Agente de RegistroLa Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID II) y el Reglamento relativo a los mercados de instrumentos financieros (MiFIR) de la Unión Europea (UE), en sus versiones revisadas, que abarcan los centros de negociación, las sociedades de inversión y los intermediarios, entraron en vigor el 3 de enero de 2018. Los actos legislativos de ejecución de la MiFID II y del MiFIR exigen que un número significativo de entidades obtengan un Identificador de Personas Jurídicas (IPJ), cuando, en la actualidad, no tienen obligación de hacerlo. En relación con la comunicación de operaciones conforme al MiFIR, la European Securities and Markets Authority (ESMA) ha clarificado que las empresas de servicios de inversión deben obtener los IPJ de sus clientes antes de prestarles servicios, lo cual daría lugar a obligaciones de comunicación de operaciones con respecto a las transacciones que se efectúen en nombre de esos clientes.
La Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF) insta a los partícipes del mercado que deben cumplir la MiFID II/el MiFIR a obtener un IPJ a la mayor brevedad posible. Las empresas también deberán ponerse en contacto con su base de clientes afectados y promover, de manera proactiva, que se registren para obtener un IPJ y lo renueven. Además, las empresas pueden considerar profundizar en el uso del IPJ en el seno de sus infraestructuras de introducción de clientes para aprovechar la adopción en toda la UE de este identificador común.
Para agilizar más la emisión de IPJ, la GLEIF ha introducido el concepto de «Agente de Registro». Un Agente de Registro ayuda a las personas jurídicas a acceder a la red de organizaciones emisoras de IPJ responsables de prestar la emisión y los servicios relacionados con esta. Los emisores de IPJ también son conocidos como Unidades Operativas Locales (UOL).
El papel del Agente de Registro en el Sistema Global del IPJ está directamente relacionado con la organización emisora del IPJ. El Agente de Registro puede optar por asociarse con una o más organizaciones emisoras de IPJ para garantizar que las necesidades de sus clientes relativas a servicios de IPJ quedan satisfechas. Los Agentes de Registro de las organizaciones emisoras de IPJ figuran en la información básica de cada organización aquí.
Entre las posibles tareas realizadas por un Agente de Registro se incluyen:
- Publicar en su web información destinada a ayudar a una persona jurídica a solicitar un IPJ ante una organización emisora.
- Gestionar la comunicación con la persona jurídica.
- Procesar o recibir un pago seguro por la emisión o la renovación de un IPJ.
- Prestar servicios de recopilación o incorporación de datos de las fuentes fidedignas correspondientes. (los datos de referencia que facilita la persona jurídica que desea obtener un IPJ los valida una fuente fidedigna local —un registro mercantil nacional, por ejemplo— antes de emitir un IPJ que cumpla con el estándar del IPJ).
- Validar los datos de referencia que facilita una persona jurídica que desea obtener un IPJ.
Las tareas que puede desempeñar la organización emisora de IPJ son, entre otras:
- Emitir el IPJ de acuerdo con la norma ISO 17442:2012, junto con los datos de referencia de la persona jurídica correspondiente (LE-RD).
- Consignar ante la GLEIF los nuevos IPJ y todos los LE-RD.
- Revisar las impugnaciones de IPJ o LE-RD que transmita la GLEIF y responder a ellas. (El servicio centralizado de impugnación proporcionado por la GLEIF amplía la capacidad para activar actualizaciones de los datos de IPJ para todas las partes interesadas.)
Los Agentes de Registro no se encargarán de emitir IPJ y tampoco tendrán acceso editorial a datos de IPJ.
Todas las funciones de una organización emisora de IPJ se especifican en el Acuerdo de Nivel de Servicio, es decir, en el Anexo 6 del Convenio Marco. El Convenio Marco es el marco contractual que rige la relación entre la GLEIF y las organizaciones emisoras de IPJ. Siempre será la organización emisora de IPJ la que siga siendo plenamente responsable ante la GLEIF por la ejecución de sus funciones.
Para obtener más información acerca de los Agentes de Registro, contacte con info@gleif.org.