Identidad organizativa Conviértase en Emisor del LEI
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Ciclo de vida de un Emisor del LEI

Desde la solicitud inicial hasta la verificación anual, la GLEIF describe un ciclo de vida claro para un Emisor del LEI, también denominado Unidad Operativa Local (UOL):

Proceso de baja

El proceso de baja de un Emisor del IPJ se desencadena en cualquiera de los tres escenarios siguientes:

  1. El Emisor del IPJ informa a la GLEIF de su rescisión del Contrato Marco.
  2. La GLEIF informa al Emisor del LEI de la rescisión del Contrato Marco.
  3. El Emisor del IPJ no puede prestar servicios de IPJ por causas de fuerza mayor o cualquier otro acontecimiento importante que impida que el Emisor del IPJ funcione.

Una vez iniciado el proceso de baja, se iniciará el servicio de la GLEIF "Activar la Transferencia de la Gestión del IPJ". Como parte de este proceso, la GLEIF determinará si algún Emisor del IPJ existente está interesado en hacerse cargo de la cartera de IPJ del Emisor del IPJ que se da de baja. A continuación, la GLEIF evaluará la idoneidad de los Emisores del IPJ interesados y confirmará qué Emisor o Emisores del IPJ se harán cargo de la cartera.

El Emisor del IPJ saliente, el Emisor o los Emisores del IPJ receptores y la GLEIF coordinarán la transferencia masiva de IPJ del Emisor del IPJ saliente al Emisor o los Emisores del IPJ receptores.

Una vez completada con éxito la transferencia en bloque, la GLEIF anunciará la baja del Emisor del IPJ y la transferencia en bloque al Emisor o los Emisores del IPJ receptores en la página web de la GLEIF.

Si la cancelación se produce en el supuesto 3, la GLEIF seguirá el siguiente proceso:

  • De conformidad con el "Acuerdo de Nivel de Servicio", la GLEIF se hará cargo temporalmente de la cartera de IPJ afectada y activará el servicio "Activar Transferencia de Gestión de IPJ" Esto tendrá lugar en un plazo de 48 horas en los días hábiles de la GLEIF, siempre que el Emisor del IPJ afectado haya interrumpido la carga diaria de archivos de IPJ.
  • Durante este período, la GLEIF gestionará temporalmente los IPJ afectados y lo anunciará públicamente a través de la página web de la GLEIF. Sin embargo, la GLEIF no actuará como Emisor del LEI y no emitirá ni renovará ningún registro de IPJ. La GLEIF se asegurará de que los IPJ afectados se carguen y se incluyan correctamente en el Sistema Global del IPJ y proporcionará información de contacto para facilitar la transferencia individual a las personas jurídicas afectadas. Si no se recibe ninguna confirmación de reanudación de la actividad por parte del Emisor del IPJ afectado hasta que la GLEIF concluya con el Emisor o los Emisores del IPJ receptores, la GLEIF seguirá adelante con la transferencia masiva.
  • El Emisor del IPJ afectado será dado de baja si no hay respuesta o confirmación positiva de reanudación de la actividad después de 3 meses.

Los objetivos principales del proceso de baja son garantizar la continuidad del servicio del IPJ para las personas jurídicas afectadas y realizar la transferencia en bloque del IPJ de la forma menos costosa para el Sistema Global del IPJ.