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N.º 9 en la Serie de blogs LEI Lightbulb - El valor del IPJ en la regulación de los criptoactivos

Tras la quiebra de FTX, Stephan Wolf, director general de la GLEIF, destaca el valor de exigir el uso del IPJ en los marcos reguladores que rigen los mercados de las criptomonedas y los activos digitales.


Autor: Stephan Wolf

  • Fecha: 2023-03-02
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En medio de todo el ruido provocado por el colapso de la bolsa de criptomonedas FTX, se oyen los ecos de la historia. Los llamamientos a una mayor transparencia de los actores que están detrás de las bolsas de criptomonedas y que participan en ellas resuenan claramente con los que realizó el G20 hace unos quince años, tras la quiebra de Lehman Brothers en 2008 y la consiguiente crisis financiera mundial.

En aquel entonces, en busca de una solución mundial al problema de la opacidad en el mercado de Derivados del Mercado Paralelo (OTC), el G20 respaldó al Consejo de Estabilidad Financiera para crear la GLEIF y el Sistema Global del IPJ. El impacto positivo de esta decisión es incuestionable: más de doscientas regulaciones en 23 jurisdicciones de todo el mundo han exigido el uso del IPJ por parte de las personas jurídicas que participan en los mercados de capitales y más de dos millones de IPJ se utilizan ahora activamente en todo el mundo, a los que cualquier parte interesada puede acceder, desde el regulador hasta el consumidor curioso; todo ello ha dado lugar a niveles de transparencia nunca vistos en las identidades y las estructuras de propiedad de las personas jurídicas, en todas partes.

La preocupación por la regulación global para evitar otra crisis sistémica beneficia a todos los ciudadanos.

El colapso de FTX pone de manifiesto la oportunidad de utilizar este sistema para lograr los mismos fines en el asediado mercado de la criptomoneda y la negociación de activos digitales. Si el IPJ fuera obligatorio en los marcos reguladores emergentes de las criptomonedas en todo el mundo, al igual que lo ha sido para los Derivados del Mercado Paralelo (OTC), se podrían alcanzar rápidamente los mismos fines, lo que beneficiaría a todos los implicados.

¿Por qué el IPJ es especialmente adecuado para este fin? En primer lugar, solo un identificador coherente, de alta calidad y reconocido en todo el mundo puede respaldar adecuadamente la estabilidad financiera y hacer frente a la lucha contra el blanqueo de capitales en el mundo digital multijurisdiccional actual. El IPJ cumple estos requisitos. Es más, como estándar ISO de identidad abierta, el IPJ puede facilitar las transacciones legítimas de activos digitales tanto de proveedores de servicios como de emisores de criptoactivos, ayudándoles a evitar los errores cometidos por los mercados tradicionales, es decir, la falta de interoperabilidad, la capacidad mínima de los participantes en los mercados financieros para evaluar las exposiciones en todos los mercados y la capacidad limitada de los supervisores financieros para comunicarse sobre entidades concretas. Estas son exactamente las carencias que los delincuentes aprovechan en los mercados financieros actuales para realizar transacciones ilícitas.

Regulaciones en Europa

Los movimientos hacia la regulación son más evidentes en la UE. Aquí, la regulación sobre los mercados de criptoactivos (MiCA) está, por primera vez, reuniendo a los criptoactivos, los emisores de criptoactivos y los proveedores de servicios de criptoactivos bajo un único marco regulador, con el objetivo último de proteger los intereses de los consumidores. Aunque el texto se ha acordado, todavía no se ha publicado oficialmente, aunque se espera que se haga de forma inminente.

Otro ámbito regulador en evolución es cómo gravar a los proveedores de servicios de criptoactivos. En octubre de 2022, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) concluyó su marco de información sobre criptoactivos y enmiendas al estándar común de información. La OCDE reconoció el IPJ como uno de los identificadores aceptados para identificar a los proveedores de servicios de criptoactivos. La Unión Europea reflejó este reconocimiento del IPJ en su propuesta de Directiva sobre cooperación administrativa (DAC8), introduciendo normas para el intercambio de información fiscal sobre criptoactivos entre las autoridades fiscales nacionales.

Esto demuestra cómo está surgiendo en la UE un ecosistema más amplio para la supervisión eficaz de los proveedores de servicios de criptoactivos. Los proveedores de servicios deben identificarse con el IPJ cuando facilitan transacciones y este mismo identificador debe comunicarse a las autoridades fiscales. Esto permite una conciliación más fácil de la información fiscal que comunica el proveedor de servicios de criptoactivos y una comunicación más fácil entre los mercados financieros y las autoridades fiscales. La GLEIF aplaude a la UE por esta implementación visionaria y por demostrar que es necesario desarrollar el ecosistema para poder controlar de forma efectiva a los proveedores de servicios de criptoactivos.

Regulación en Estados Unidos

En Estados Unidos todavía no existe tal marco regulador. Dicho esto, se está debatiendo sobre las responsabilidades de la Comisión de Bolsa y Valores y la Comisión de Operaciones de Futuros de Materias Primas sobre a quién corresponderá la supervisión reguladora del mercado de criptoactivos OTC, cuando finalmente llegue el momento. Ahí, en una muestra de unidad entre las dos jurisdicciones financieras más grandes del mundo, Estados Unidos tiene la oportunidad de aprovechar el IPJ para la identificación de proveedores y emisores de servicios de criptoactivos, y consolidar aún más la propuesta del IPJ. Esto permitiría a las respectivas autoridades compartir fácilmente información sobre los proveedores de servicios de criptoactivos que prestan servicios en ambas jurisdicciones, haciendo de nuevo una importante contribución al ecosistema más amplio.

La incorporación del IPJ en las políticas y regulaciones emergentes ayudará a equilibrar las condiciones para todos los proveedores de servicios de criptoactivos en las distintas jurisdicciones. Actualmente, no existe una forma global (sin una intervención manual significativa) de determinar si el mismo proveedor de criptoactivos está registrado en varios reguladores. Esto genera incertidumbre para las autoridades nacionales, así como para todos los participantes en el sistema financiero mundial. Si todas las jurisdicciones identificaran a los proveedores de servicios de criptoactivos registrados y a otros intermediarios a través del IPJ, y el IPJ se intercambiara de forma coherente entre las autoridades supervisoras, el resultado sería un ecosistema financiero habilitado digitalmente. Esto permitiría una supervisión más rápida y eficiente, así como una disminución de la carga de cumplimiento para el sector privado. Esta es la única forma de evitar el arbitraje regulatorio y las lagunas en el sistema financiero mundial.

La Serie de blogs LEI Lightbulb de la GLEIF tiene como objetivo arrojar luz sobre la amplitud de la aceptación y la defensa del IPJ en los sectores público y privado, las geografías y los casos de uso, destacando qué líderes del sector, autoridades y organizaciones apoyan el IPJ y con qué propósito. Al demostrar cómo el éxito derivado de las sólidas raíces normativas está dando lugar a una oleada de defensores de una mayor regulación del IPJ y de la adopción voluntaria del IPJ en aplicaciones nuevas y emergentes, la GLEIF espera educar sobre el valor potencial actual y futuro que «una identidad global» puede ofrecer a las empresas, independientemente del sector, en todo el mundo.

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Sobre el autor:

Stephan Wolf es el Director General de la Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF). En 2023 fue elegido miembro del Consejo de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) de Alemania. En 2021 fue nombrado miembro del nuevo Consejo asesor de la industria (IAB) como parte de la Iniciativa de estándares digitales (DSI) de la CCI. En ese cargo, copreside el grupo de trabajo para un «Entorno tecnológico de confianza». Entre enero de 2017 y junio de 2020, el Sr. Wolf fue subcoordinador del Grupo asesor técnico de FinTech del Comité técnico 68 de la Organización internacional de normalización (ISO TC 68 FinTech TAG). En enero de 2017, el Sr. Wolf fue designado uno de los 100 Líderes en Identidad por One World Identity. Tiene una amplia experiencia en el establecimiento de operaciones de datos y en estrategia de implantación global. A lo largo de su carrera ha contribuido al avance de estrategias clave de desarrollo de productos y empresas. El Sr. Wolf cofundó IS Innovative Software GmbH en 1989 y trabajó como su primer director general. Más tarde fue nombrado portavoz del Consejo ejecutivo de su sucesora, IS.Teledata AG. Finalmente, esta empresa pasó a formar parte de Interactive Data Corporation, en la que el Sr. Wolf ocupó el puesto de Director Técnico. El Sr. Wolf es licenciado en administración de empresas por la Universidad J. W. Goethe, Frankfurt am Main.


Etiquetas para este artículo:
Regulación, Índice de IPJ Global, Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF), Derivados del Mercado Paralelo (OTC)