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Noticias sobre el Identificador de Personas Jurídicas: Actualización de abril de 2016

La Global Legal Entity Identifier Foundation ofrece información general sobre los acontecimientos más recientes a nivel mundial relativos a la adopción del Identificador de Personas Jurídicas.


Autor: Stephan Wolf

  • Fecha: 2016-04-29
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GovLoop, una red de conocimientos del gobierno, comentó recientemente que el Identificador de Personas Jurídicas (IPJ) «promete transformar el reglamento financiero en todo el mundo. Los reguladores financieros aprueban el IPJ en todos sus requisitos de elaboración de informes, por lo que los inversores, los organismos y las empresas financieras verán los beneficios. Los inversores podrán emparejar las solicitudes de datos abiertos de una empresa con diversos reguladores de forma instantánea. Los organismos utilizarán los análisis de forma más barata. Las empresas podrán emparejar su gestión de datos internos con su elaboración de informes externos».

Para que las partes interesadas puedan seguir fácilmente los acontecimientos globales relativos a la implantación del IPJ, la GLEIF ofrece actualizaciones relativas a través del Blog de la GLEIF. Esta entrada de blog resume las noticias y el debate del mercado del IPJ desde febrero de 2016.

Las fuentes a las que se hace referencia en este blog se incluyen en los «enlaces relacionados» a continuación.

La propuesta de la Comisión Europea para ampliar la entrada en vigor de la Directiva sobre los mercados de instrumentos financieros revisada, o MiFID II, no debería retrasar la disposición de las empresas para utilizar el IPJ

El 10 de febrero de 2016, la Comisión Europea propuso conceder a las autoridades nacionales competentes y a los participantes del mercado otro año más para cumplir las normas establecidas en la Directiva sobre los mercados de instrumentos financieros revisada (MiFID II). La nueva fecha límite es el 3 de enero de 2018. Según el organismo ejecutivo de la Unión Europea (UE), el «motivo de la ampliación radica en la compleja infraestructura técnica que debe establecerse para que el paquete MiFID II funcione de forma eficiente».

La MiFID, dirigida a los mercados de valores, las empresas de inversión y los intermediarios fue creada como respuesta a la crisis financiera para contribuir en la creación de un mercado financiero de la UE más competitivo e integrado. La revisión de este acto legislativo fue provocada por los «sucesos acaecidos en el mercado que han revelado las deficiencias de algunos de sus principios subyacentes». La MiFID II, afirma la Comisión Europea, tiene por objetivo afrontar estas deficiencias reforzando y sustituyendo las actuales normas europeas en los mercados de valores.

En su artículo para DerivSource, titulado «Notificación sobre operaciones según la MiFID: tener en cuenta las carencias de datos», Chris Johnson de Servicios de Valores de HSBC investiga la forma en la que las empresas deben tomar medidas preventivas para evitar las carencias en sus datos de notificación sobre operaciones en virtud de la inminente MiFID II y el Reglamento en Materia de Instrumentos Financieros (MiFIR).

Con respecto al IPJ, indica que las indicaciones de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) «es que los IPJ deben solicitarse antes de realizar la transacción: «Sin IPJ no hay comercio». La MiFID II y el MiFIR exigen que todas las partes que participan en la inversión faciliten los IPJ. Ejemplos de estas partes son la entidad ejecutante, la entidad que presenta, el comprador, el vendedor, la empresa transmisora para el vendedor y la empresa transmisora para el comprador. Los lugares de negociación exigirán los IPJ para los emisores y habrá también requisitos de mantenimiento para la entidad que presentó la orden, el cliente y los intermediarios no ejecutivos. Esto significa que las empresas de inversión y los lugares de negociación deben obtener los IPJ de todas las partes para todos los informes de las operaciones, deberán almacenarlos en su sistema de notificación y los tendrán a punto para realizar los procedimientos de mantenimiento necesarios».

Además, Chris Johnson hace hincapié en que «todos los IPJ deben estar «activos» para poder figurar en la notificación sobre la transacción. Para estar «activo» el propietario del IPJ deberá renovarlo anualmente, de la misma forma que renueva el impuesto de circulación de un vehículo».

«El requisito «Sin IPJ no hay comercio» para la MiFID constituye un incentivo poderoso para que las empresas aborden la cuestión de los requisitos en materia de datos lo antes posible, dado que es posible que los datos necesarios todavía no existan. El paso lógico que deberían dar todas las empresas de inversión sin más tardanza sería evaluar la disponibilidad de los datos actuales, en los campos de datos necesarios, a la que ya pueden acceder para sus activos disponibles y de las contrapartes y clientes actuales e identificar las carencias de datos. Sería muy arriesgado asumir que otros tomarán las medidas para resolver las carencias de datos del mercado en cuanto a normativa. Estas empresas únicamente podrán evaluar la magnitud del problema y garantizar que priorizan sus necesidades y cubren las carencias de datos y toman medidas con respecto a las mismas con el tiempo suficiente para presentar notificaciones sobre las operaciones que cumplan las normas si ahora realizan las comprobaciones de cobertura y hablan con los proveedores y las contrapartes.

Canadá armoniza aún más las normas sobre notificación del comercio de derivados

Tal y como indicó BLG Borden Ladner Gervais, el 16 de febrero de 2016, los Administradores de Títulos de Valores de Canadá anunciaron una propuesta de modificación del Instrumento Multilateral 96-101 «Registros de Operaciones y Notificación de Datos sobre Derivados» y la Directriz Acompañante 96-101CP (juntas, la «Norma de RO») publicadas a principios de año por las autoridades reguladoras de Alberta, New Brunswick, Terranova y Labrador, los Territorios del Noroeste, Nueva Escocia, Nunavut, la Isla del Príncipe Eduardo, Saskatchewan y Yukon (conjuntamente, las «Jurisdicciones Participantes»). En Manitoba, Ontario y Quebec ya hay en vigor normas sobre notificación de operaciones sobre derivados similares (las «Normas Existentes»). La notificación sobre operaciones de derivados en las Jurisdicciones Participantes empezará el 29 de julio de 2016 para las autoridades aduaneras y los agentes de derivados y el 1 de noviembre de 2016 para otras partes con obligación de notificación. El periodo de presentación de observaciones para las modificaciones propuestas terminó el 17 de abril de 2016.

Las modificaciones propuestas «armonizan de forma significativa con las modificaciones propuestas de las Normas Existentes». Con respecto a la Columbia Británica, esperamos poder anunciar en breve modificaciones similares de la Norma de RO». Entre otras cosas, las modificaciones propuestas introducen un nuevo requisito por el cual todas las contrapartes locales que participan en una operación con obligación de notificación deberán obtener un IPJ según las normas establecidas en el Sistema Global del IPJ. «Además, las operaciones con contrapartes que no reúnen los requisitos para recibir un IPJ, como las personas físicas, la contraparte de la notificación y el registro de operaciones designado tendrán que identificar a las contrapartes que no reúnen los requisitos utilizando el mismo identificador alternativo».

Canadá: El aumento de la notificación de asignaciones privadas comienza el 30 de junio de 2016

Tal y como anunció JDSupra Business Advisor, que entrará en vigor a partir del 30 de junio de 2016 «los emisores tendrán que notificar las distribuciones exentas de los folletos que se liquiden en esa fecha o partir de ella en cualquier jurisdicción de Canadá utilizando el Formulario armonizado 45-106F1 (Formulario Nuevo), que solicita una mayor cantidad de información. También a partir del 30 de junio de 2016, la notificación de operaciones de distribución exentas por los fondos de inversiones cambiará de realizarse cada ejercicio fiscal a realizarse cada año natural». El Formulario Nuevo es el producto de un esfuerzo de dos años realizado por los Administradores de Títulos Valores de Canadá por reformar el sistema de notificación de asignaciones privadas. «El propósito declarado del Formulario Nuevo es reducir la carga que supone el cumplimiento de la normativa para los emisores y los suscriptores, facilitar de forma más eficaz la supervisión reglamentaria del mercado exento y mejorar el análisis con fines de elaboración de directrices». No obstante, el Formulario Nuevo introduce un incremento notable de los requisitos de divulgación. Entre otras cosas, se han añadido al Formulario Nuevo los nuevos conceptos que se indican a continuación (si son relevantes): el IPJ del emisor asignado según las normas establecidas por el Sistema Global de IPJ.

La Comisión de Bolsa y Valores de los EE.UU concede exenciones a las organizaciones de autorregulación de ciertos requisitos de registro de auditoría consolidados

El 2 de marzo de 2016 Wolters Kluwer Law & Business informó de que la Comisión de Bolsa y Valores de los EE.UU (CBV) ha atendido la petición de las 18 bolsas de valores nacionales registradas y de la Autoridad Reguladora de la Industria Financiera (ARIF) «de exoneración de ciertos requisitos de notificación en la elaboración de un registro de auditoría consolidado (RAC)». El plan del mercado nacional RAC, presentado a la CBV el 30 de septiembre de 2014, «exige a todos los miembros de la bolsa de valores nacional o de la asociación de valores nacional que registre y notifique electrónicamente al Registro Central información sobre todos los pedidos y eventos notificables». La solicitud de exención de las organizaciones de autorregulación (OAR) «se refiere a las cotizaciones de los creadores del mercado de opciones, las identificaciones de los clientes, las identificaciones de los notificadores del RAC, las ejecuciones vinculadas a asignaciones en subcuentas específicas de las notificaciones de asignación y la precisión de la marca de hora». 

«En lugar de notificar las identificaciones de los clientes al Registro Central cuando se reciba el pedido originario o cuando se origine un pedido, las OAR propusieron un planteamiento de información sobre el cliente en el que todos los corredores de valores deberán asignar un identificador exclusivo designado a una empresa a cada cuenta de operaciones. Los corredores de valores presentarían un conjunto de informaciones al Registro Central para identificar al cliente, que incluiría el tipo de cuenta, la fecha de entrada en vigor, el nombre, el domicilio, la fecha de nacimiento, el identificador fiscal o el número de la seguridad social del cliente, la función del individuo en la cuenta, el IPJ y el identificador del gran operador, si fuera necesario».

La Comisión de Operaciones de Futuros de Productos Básicos de los EE.UU. aprobó una norma definitiva que elimina ciertos requisitos de notificación y de conservación de documentos para las contrapartes de opciones negociable

Tal y como informó Lexology, el 16 de marzo de 2016 la Comisión de Operaciones de Futuros de Productos Básicos (COPPB) aprobó una norma definitiva que elimina ciertos requisitos de notificación y de conservación de documentos para las contrapartes de operaciones de opciones que no sean ni «intermediarios especializados en permutas» ni «principales participantes que operan con permutas» (Ni-IEP/PPOP). Entre otras cosas, la norma definitiva especifica que «las contrapartes que no sean ni intermediarios especializados en permutas ni principales participantes que operan con permutas y que formalicen una opción negociable, ya no tendrán que: (i) notificar la opción negociable en el Formulario TO; (ii) notificar a la COPPB después de formalizar opciones negociables cuyo valor teórico global supere los 1.000 millones de US$; o (iii) cumplir los requisitos de conservación de documentos (salvo los de obtener y facilitar un IPJ a las contrapartes IEP o PPOP)». La norma definitiva entrará en vigor a partir del 21 de marzo de 2016.

La COPPB comentó que su medida trata «las preocupaciones de los usuarios comerciales finales que confían en el mercado de derivados para evitar riesgos, y los cuales, y esto es algo que tenemos que tener siempre presente, no provocaron la crisis financiera. Las opciones negociables son un tipo de opciones sobre materias primas utilizadas en los sectores de la agricultura, la energía y la fabricación». La COPPB «ha concluido algunas modificaciones de sus normas que reconocen que las opciones negociables son diferentes de las permutas que son el objetivo de las reformas Dodd-Frank. Estos cambios reducirán las cargas de estas empresas comerciales y les permitirán abordar el riesgo comercial mejor».

El Grupo Consultivo del Comité de Estabilidad Financiera de Oriente Medio y el Norte de África debate las reformas normativas

Tal y como informó MondoVisione, el 25 de abril de 2016, «el Organismo Monetario de Arabia Saudita acogió la novena reunión del Grupo Consultivo Regional del Comité de Estabilidad Financiera (CEF) de Oriente Medio y el Norte de África (CGR OMNA) en Riyadh, Arabia Saudita. Los miembros del CGR CEF OMNA comenzaron la reunión revisando las prioridades en materia de directrices y el plan de trabajo de 2016 del CEF. Las prioridades actuales del CEF son promover la plena implantación de las reformas acordadas y terminar el diseño de las reformas pendientes posteriores a la crisis que, entre otros objetivos, aspira a crear instituciones financieras más resistentes, que terminaron siendo demasiado grandes para quebrar [sic] y hacer que el mercado de derivados sea más seguro. Además, el CEF está controlando y tratando los nuevos riesgos y vulnerabilidades financieros como los que plantean la financiación de mercado, la mala conducta de las entidades, la innovación tecnológica financiera y los riesgos financieros relativos al cambio climático».

«Los miembros llegaron a la conclusión de que la estabilidad financiera podría beneficiarse tanto de la inclusión financiera como de la protección eficiente del cliente y de que la educación financiera también tiene un papel importante en este proceso». Los miembros se beneficiaron de compartir las experiencias de Arabia Saudita y el Líbano. La reunión finalizó con «un debate sobre la estructura y gobernanza del sistema IPJ y de su función para respaldar a las autoridades y a los participantes del mercado en la identificación y gestión de los riesgos financieros».

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Sobre el autor:

Stephan Wolf es el Director General de la Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF). En 2023 fue elegido miembro del Consejo de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) de Alemania. En 2021 fue nombrado miembro del nuevo Consejo asesor de la industria (IAB) como parte de la Iniciativa de estándares digitales (DSI) de la CCI. En ese cargo, copreside el grupo de trabajo para un «Entorno tecnológico de confianza». Entre enero de 2017 y junio de 2020, el Sr. Wolf fue subcoordinador del Grupo asesor técnico de FinTech del Comité técnico 68 de la Organización internacional de normalización (ISO TC 68 FinTech TAG). En enero de 2017, el Sr. Wolf fue designado uno de los 100 Líderes en Identidad por One World Identity. Tiene una amplia experiencia en el establecimiento de operaciones de datos y en estrategia de implantación global. A lo largo de su carrera ha contribuido al avance de estrategias clave de desarrollo de productos y empresas. El Sr. Wolf cofundó IS Innovative Software GmbH en 1989 y trabajó como su primer director general. Más tarde fue nombrado portavoz del Consejo ejecutivo de su sucesora, IS.Teledata AG. Finalmente, esta empresa pasó a formar parte de Interactive Data Corporation, en la que el Sr. Wolf ocupó el puesto de Director Técnico. El Sr. Wolf es licenciado en administración de empresas por la Universidad J. W. Goethe, Frankfurt am Main.


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